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Escrito por Rodrigo Cetina Presuel
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Miércoles, 15 de Julio de 2009 09:41 |
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En auto publicado el 2 de julio de 2009, se desestiman las medidas cautelares respecto de http://www.elrincondejesus.com/, sitio web demandado en marzo de este mismo año, por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), al considerar que las redes de intercambio P2P no vulneran por sí mismas la Ley de Propiedad Intelectual (LPI). En dicho auto, el Juez declara que las redes P2P son "almacenes" de música o películas, pero no son ilegales. Afirma también que "Las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre usuarios de Internet no vulneran, en principio, derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual". En el blog Infosociedad, de Loreto Corredoira se hace un buen resumen de lo más interesante del auto, y además, nos da acceso al documento a través de la Red DerechoTICs.
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Última actualización el Miércoles, 15 de Julio de 2009 10:45 |